¿Qué cubre la garantía por vicios ocultos y cómo reclamarla?

Comprar una vivienda o un coche puede ser una de las decisiones más importantes (y costosas) de la vida. Pero, ¿qué pasa cuando descubres que algo no está bien después de cerrar el trato? Tal vez una filtración que no se notaba a simple vista, o un fallo en el motor que no se detectó durante la prueba de conducción. Aquí es donde entra en juego la garantía por vicios ocultos. Este derecho legal está diseñado para proteger al comprador frente a defectos graves que no eran aparentes al momento de la compra, y que hacen que el bien adquirido no sea apto para su uso o disminuya su valor de manera significativa.

Este tipo de garantía no es algo que debas rogar al vendedor: está recogida en el Código Civil español (artículos 1484 a 1490) y, por tanto, es de obligado cumplimiento. 

Esta guía legal está diseñada para ayudarte a comprender qué cubre la garantía por vicios ocultos, qué establece la ley española, y en Resolvier puedes reclamar de forma efectiva si has detectado uno.

¿Qué cubre la garantía por vicios ocultos y cómo reclamarla?

La garantía por vicios ocultos cubre defectos graves que afectan al uso del producto o bien adquirido y que no eran visibles ni detectables al momento de la compra, incluso con una revisión razonable. Para que un defecto se considere «vicio oculto», debe cumplir tres condiciones fundamentales:

CondiciónExplicación
OcultoNo es visible ni detectable fácilmente por el comprador.
GraveAfecta de forma importante al uso o funcionalidad del bien.
PreexistenteEl defecto ya existía antes de la venta, aunque no se manifestara.

Para reclamar, el comprador tiene un plazo de seis meses desde la entrega del bien para notificar el defecto al vendedor. Es clave documentar todo: fotografías, informes periciales y, si es posible, una valoración técnica. Lo ideal es enviar un burofax con acuse de recibo, para dejar constancia de la reclamación. En caso de que el vendedor se niegue a colaborar, será necesario iniciar un proceso judicial.

¿Qué bienes están cubiertos por esta garantía?

La garantía por vicios ocultos se aplica a todo tipo de bienes, tanto muebles como inmuebles, siempre que sean adquiridos en una compraventa entre particulares o entre empresa y consumidor. Algunos ejemplos comunes:

  • Viviendas (nuevas o de segunda mano).
  • Coches, motos y furgonetas.
  • Electrodomésticos de segunda mano.
  • Muebles o maquinaria industrial.
  • Animales de compañía (sí, también aplicable si hay enfermedades ocultas al momento de la entrega).

En el caso de los inmuebles, también puede aplicarse junto con otras coberturas como la garantía decenal (para construcciones nuevas) o el seguro de responsabilidad civil del constructor. En casos complejos, se recomienda evaluar qué vía es la más rápida y efectiva.

¿Cómo saber si se trata de un vicio oculto?

A menudo los compradores dudan si el defecto que han descubierto realmente se considera un vicio oculto. La clave está en consultar con un técnico independiente o perito que emita un informe objetivo. En nuestra experiencia, este tipo de documento es esencial para ganar un posible juicio. Otro punto importante: el defecto no debe haber sido informado previamente ni ser evidente. Si estaba a la vista o el comprador fue advertido, no se podrá reclamar.

Pasos para reclamar correctamente

Aquí tienes una guía paso a paso para iniciar tu reclamación por vicios ocultos:

  1. Detecta y documenta el defecto. Haz fotos, vídeos y anota fechas.
  2. Solicita un informe pericial. Este informe es crucial si vas a juicio.
  3. Contacta con el vendedor. Siempre por escrito, y preferentemente mediante burofax.
  4. Ofrece una solución amistosa. Reparación, rebaja del precio o devolución.
  5. Consulta con un abogado o experto en reclamaciones. Si no hay acuerdo, será tu mejor aliado.
  6. Demanda judicial. Si todo lo anterior falla, reclama por vía civil.

No olvides que un error común es esperar demasiado. El plazo es limitado y si se te pasa, perderás el derecho a reclamar.

¿Qué opciones tengo si el vendedor no responde?

En caso de silencio o negativa por parte del vendedor, puedes optar por:

  • Solicitar la resolución del contrato, lo que implica devolver el bien y recuperar el dinero.
  • Exigir una rebaja proporcional del precio.
  • Reclamar daños y perjuicios, si puedes demostrar un perjuicio económico derivado del defecto.

¿Qué dice la ley sobre los vicios ocultos?

La normativa básica es el Código Civil español, en sus artículos 1484 a 1490. Establece que el vendedor responde por los defectos ocultos que tuviera la cosa vendida, aunque los ignore. Además, da derecho al comprador a rescindir el contrato o a solicitar una rebaja del precio.

ArtículoContenido
1484Define los vicios ocultos y la responsabilidad del vendedor.
1486Permite al comprador elegir entre rescindir o rebajar el precio.
1490Plazo para ejercitar la acción: seis meses desde la entrega.

Conclusión

La garantía por vicios ocultos es una herramienta legal poderosa, pero a menudo subestimada. Ya sea que hayas comprado una casa con problemas estructurales o un coche que empezó a fallar a los pocos días, no estás indefenso. Con conocimiento, asesoramiento y una estrategia clara, puedes proteger tus derechos y evitar una pérdida económica injusta.

¿Te encuentras en una situación similar? No lo dejes pasar. Documenta, infórmate y reclama no dudes en contactarnos.

Preguntas frecuentes

¿Puedo reclamar si el defecto aparece tras seis meses?

En general, no. El plazo legal es de seis meses desde la entrega. Sin embargo, si el contrato era entre profesionales o existe garantía comercial adicional, pueden existir excepciones.

¿Qué pasa si el vendedor dice que no sabía nada del defecto?

El Código Civil establece que el vendedor responde aunque lo ignore, por lo que su desconocimiento no le exime de responsabilidad.

¿Y si firmé un contrato donde puedo renunciar a reclamar por vicios ocultos?

Esa cláusula puede ser nula si el vendedor actuó con mala fe o si el defecto es grave. Consulta siempre con un abogado o experto en reclamaciones.

¿Puedo reclamar vicios ocultos en productos de segunda mano?

Sí, siempre que se cumplan los requisitos: defecto oculto, grave y preexistente. El derecho aplica tanto a bienes nuevos como usados.

¿Necesito abogado para reclamar?

No es obligatorio para el primer contacto, pero es altamente recomendable si vas a juicio. Un buen abogado puede marcar la diferencia en el resultado.

¿Cómo pruebo que el defecto existía antes de la compra?

Con informes periciales, testigos y documentación técnica. La carga de la prueba suele recaer en el comprador, por lo que conviene actuar rápido y con asesoramiento profesional.